Fragmentos de memoria con voz de Mujer

Agrupación de Mujeres Presas políticas de Magallanes

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Video: Levantamiento planimétrico en 3D y audiovisual del recorrido de una mujer por la Casa de DDHH Colón 636 de Punta Arenas

“Tienen la fuerza, podrán avasallarnos, pero no se detienen los procesos sociales ni con el crimen… ni con la fuerza. La historia es nuestra y la hacen los pueblos” …
Presidente Salvador Allende, 11 de septiembre 1973

Nosotras

Somos la Agrupación de mujeres presas políticas de Magallanes.

Ponemos a disposición de quienes quieran ver y escuchar nuestro relato, como mujeres Magallánicas que siendo niñas, fuimos avasalladas en nuestros derechos humanos durante la dictadura militar en Chile entre los años 1973 y 1974.

Hoy, como mujeres Magallánicas estamos de pie, mostrando a Chile y el mundo nuestra historia, para apoyar la tarea de asegurar que la violencia y crueldad de estos hechos, jamás puedan repetirse.

Proyectos

El proyecto original tuvo por título “Levantamiento planimétrico en 3D y audiovisual del recorrido de una mujer por la Casa de DDHH Colón 636 de Punta Arenas”, este proyecto fue una iniciativa presentada por la Agrupación de Mujeres Prisioneras Políticas de Magallanes años 73 -74 y financiado por el Programa de Memoria y Derechos Humanos de la Secretaría Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de Magallanes.

El objetivo fundamental de este proyecto era entregar a la comunidad regional, nacional e internacional un artefacto virtual que permita resituar como Sitio de Memoria, la “Casa de los Derechos Humanos – Residencia Beaulier”, declarada Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico y que fuera destruida por un incendio.

Relatos de Mujer

A partir del día 11 de septiembre de 1973, muchas de las mujeres que serían detenidas…
La mayoría de las mujeres hicieron ingreso al primer piso de la casa de DDHH, desde el subterráneo…
Fueron conducidas a este nivel de la casa cuando debían enfrentarse a careos con otras personas…
A la mayoría de las mujeres las conducen hacia el tercer piso para someterlas a apremios y…

Relatos de Mujer

A partir del día 11 de septiembre de 1973, muchas de las mujeres que serían detenidas…
La mayoría de las mujeres hicieron ingreso al primer piso de la casa de DDHH, desde el subterráneo…
Fueron conducidas a este nivel de la casa cuando debían enfrentarse a careos con otras personas…
A la mayoría de las mujeres las conducen hacia el tercer piso para someterlas a apremios y…

Proyectos

El proyecto original tuvo por título “Levantamiento planimétrico en 3D y audiovisual del recorrido de una mujer por la Casa de DDHH Colón 636 de Punta Arenas”, este proyecto fue una iniciativa presentada por la Agrupación de Mujeres Prisioneras Políticas de Magallanes años 73 -74 y financiado por el Programa de Memoria y Derechos Humanos de la Secretaría Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de Magallanes.

El objetivo fundamental de este proyecto era entregar a la comunidad regional, nacional e internacional un artefacto virtual que permita resituar como Sitio de Memoria, la “Casa de los Derechos Humanos – Residencia Beaulier”, declarada Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico y que fuera destruida por un incendio.

Audiovisual de sentimientos y emociones de niñas que pasaron por la casa de DDHH Colón 636 de Punta Arenas

Galería de imágenes

Patrimonio DDHH

MARCO TEÓRICO.CASA COLÓN 636 SITIO DE MEMORIA.

La instalación de sitios de memoria en la trama urbana implica, no pocas veces, controversias, conflictos y debates que los vuelven puntos de alguna manera disonantes y sin duda de contención. Este es el caso de la Casa de los Derechos Humanos de Punta Arenas, que no ha logrado, en todos estos años, ubicación significativa para consolidarse como un lugar de conciencia o sitio de memoria, a pesar de algunos intentos oficiales y numerosos intentos no-oficiales. Esto podría ser una prueba de que la sociedad chilena y la comunidad magallánica no ha construido totalmente una imagen colectiva de aquel pasado. En consecuencia, el espacio de la memoria de ese periodo, se revelaría como un espacio “des-emplazado”, sin aviso o sentido de lugar y habitado por múltiples discursos inconexos y desiguales.

 

Desde una perspectiva de género se intentará indagar en los conflictos y las tensiones, que existen en la actualidad alrededor de la casa de Colón 636, como “patrimonio incómodo”, de las prácticas conmemorativas, de resistencia y resignificación del lugar, como emplazamiento patrimonial de la memoria en la región.

I. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

Aquí se trata de compartir la historia de esta casa, su devenir, su ubicación en la trama urbana, su espacialidad, su imagen colectiva, sus ocupantes, con sus oficios e ideales, sus prácticas, es decir, las luchas, las movilizaciones y reivindicaciones, que buscan el reconocimiento del Estado y de la comunidad en general para este lugar de conciencia. Nos enfocamos en las prácticas, las marcas y los enfoques de género con que se encuentra la casa y sus custodios legítimos; las agrupaciones de derechos humanos, junto a sus administradores legales e institucionales, a la hora de darle un lugar a la memoria, esto cuando el llamado apunta a definir y concretar un emplazamiento definitivo, una “sede” y un status reconocido para el sitio de memoria de Colón 636.

Según el informe de la Comisión Nacional de Prisión Política y Tortura. (2003) los presos políticos de la región estuvieron en distintos recintos de las fuerzas armadas, los que funcionaron en su mayoría entre 1973 y 1977, tanto en Punta Arenas como en otras localidades. El mayor número de detenidos se concentró durante los años 1973 y 1974, y eran trasladados para ser sometidos a interrogatorios y torturas, en camiones militares que llegaban a la casa de Colón 636, sin embargo, la Comisión Nacional sobre Prisión Política y tortura (CNPPT, 2003), registró 34 recintos utilizados como lugares de detención en la región de Magallanes la mayoría de ellos en la ciudad de Punta Arenas.

La casa de Avda. Colon 636, se ha mantenido todos estos años y hasta ahora, abandonada, deteriorada y últimamente atacada y vandalizada, en el entorno urbano del centro de la ciudad, y aunque fue declarada Monumento Nacional. (Decreto No 95 (2018) | Consejo de Monumentos Nacionales de Chile, s. f.) no se ha resuelto aún protegerla como Sitio de Memoria o lugar de conciencia, a pesar de algunos intentos oficiales y numerosos intentos no-oficiales o espontáneos. Asunto que revela tensiones entre los involucrados en su protección, conflictos entre los interesados en su recuperación patrimonial. Desacuerdos entre las partes sobre las prácticas que interfieren con la casa, mientras ella, la casa, se cae a pedazos y en mil partes. Pareciera que hoy, esta ruina nos habla, nos emplaza, nos recuerda que ella es la prueba tangible, de que, en la sociedad chilena, en general y en la comunidad magallánica en particular, no hemos construido totalmente una imagen colectiva de aquel pasado, el espacio para la memoria de ese periodo, no encuentra su sede definitiva y esta memoria se nos revela hoy, como principalmente desamparada, sin lugar de referencia, ni “aviso” determinado (Uriarte, 1970) una memoria des-emplazada, habitada entonces por múltiples tensiones y sentidos desiguales, para todos aquellos, que de alguna manera fuimos y seguimos siendo afectados por el recuerdo que se ubica en este lugar.

La memoria requiere de huellas, ruinas y marcas territoriales a través de las cuales pueda expresarse. No obstante, aquello, esas huellas, en sí mismas, no constituyen memoria, a menos que sean evocadas, situadas y ubicadas en un marco y un emplazamiento que les dé sentido. (Jelín, 2019). Estos marcos de sentido en el campo del patrimonio de los derechos humanos, corresponden a los escenarios, lugares y contextos sociales y políticos en los que se patrimonializan determinados artefactos, bienes y representaciones culturales. Por ello es que diversos autores han señalado que; en toda narrativa sobre el pasado se articula la selección y el olvido de lo que es pertinente de ser socialmente recordado, demarcando los usos políticos de la memoria y del patrimonio (Roigé, 2016).

En este sentido y desde una perspectiva de mujer consideramos 3 enfoques que se nutren indisolublemente y resignifican el valor patrimonial de este lugar como un Sitio de Memoria, a saber; su funcionalidad, asociada al dolor humano como también a la vileza de quienes lo ejercieron, su arquitectura desde donde cada lugar habla con las voces de la memoria y por último, su emplazamiento a 200 m de la Plaza de Armas de la ciudad, lugar céntrico muy transitado que pareciera burlar la segura cotidianeidad que el Estado debe asegurar a su población.

Lo relevante de este asunto, radica en la idea de que transmitir la memoria, significa exponernos, situarnos, emplazándonos desde nuestro lugar y propia identidad, para hablar del pasado, del presente y del futuro. La defensa de los valores de la paz y de la democracia nos pide establecer una relación más nítida entre el pasado y nuestro futuro común, buscando entonces definir un tratamiento articulado entre el saber académico, la conversación en literatura especializada, el conocimiento social de las personas respetando la mirada de género que las identifica con las agrupaciones comprometidas en esta causa, potenciando entre los involucrados una discusión con nuevos grados de empatía y pertenencia, para asegurar la salvaguardia consciente de los lugares de memoria desde una comunidad activa, lo que se materializa en una propuesta dialógica (Harrison, 2013) de los derechos humanos desde la perspectiva patrimonial.

II. MARCO TEÓRICO Y DISCUSIÓN BIBLIOGRÁFICA

Fundamentación

La construcción del patrimonio de la memoria de los derechos humanos en Chile se inscribe en el proceso de construcción y consolidación de las denominadas garantías efectivas de no repetición, que articulan los principios del Sistema Internacional de Derechos Humanos en torno al derecho a la verdad, el deber de memoria, el derecho a la justicia y a la reparación. Estos principios generales han sido ratificados por el Sistema Nacional de Derechos Humanos, lo que ha implicado que el Estado chileno se ha obligado a efectuar mecanismos efectivos de interpelación hacia las víctimas del terrorismo de Estado, en el ámbito de la cultura.

Entendiendo por políticas públicas al conjunto de acciones, decisiones y/u omisiones efectuadas desde la órbita estatal para el abordaje de una problemática social, ya sea a través de la elaboración de planes, programas y agendas respectivas con miras a efectuar un tratamiento público a dichas problemáticas (Lahera, 2004). Visto desde la perspectiva de la política pública, tanto el lugar de memoria y el sitio de memoria constituyen la cristalización de determinadas políticas de pasado y de políticas de memoria. Las políticas del pasado corresponden a la elaboración—por parte de los Estados que cometieron violaciones a los derechos humanos— de acciones de esclarecimiento de la verdad, establecimiento de reparaciones e indemnizaciones a las víctimas y a la sociedad, restablecimiento de la justicia y reparación simbólica de las víctimas y la sociedad (Ruderer, 2010, p. 163). La materialización de las mismas es lo que se ha denominado justicia transicional. Por su parte, las políticas de memoria corresponden a las diversas maneras de gestionar el pasado, posibilitando la articulación entre historia y memoria (Ruderer, 2010; Montaño y Crenzel, 2015; Del Valle, 2018), con miras a su reproducción desde el presente hacia el futuro. En cuanto política, se ciñe a contextos institucionales y orientaciones normativas, y se relaciona con determinados actores e intereses. En cuanto régimen de memoria, está sujeto a las luchas de visibilización e invisibilización en los espacios públicos (Rabotnikof, 2007).

En Chile no existe una política pública sistemática de memoria aplicada a Sitios de Memoria y a la patrimonialización de los mismos, que abarque el conjunto del ciclo de la política pública y que corresponda a un accionar deliberado, coordinado, planificado, con financiamiento público para su implementación y con un marco institucional propio (Ley. Nº 20.885).

No obstante, cabe destacar el trabajo que realiza el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio que a través de su Unidad de Cultura y Derechos Humanos ha entregado recursos financieros, técnicos, profesionales y humanos para la manifestación de la expresión liberadora del relato silenciado por años de la verdad que sostiene el recuerdo de los sobrevivientes a la época de la dictadura y apoya toda iniciativa que las organizaciones sociales de DDHH estén dispuestas a realizar en los ámbitos de conmemoración y/o preservación de la memoria histórica.

Con la creación de la Subsecretaría de Derechos Humanos al interior del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y la reorganización del Programa de Derechos Humanos dentro de esta entidad pública, se genera un marco institucional que posibilita el desarrollo de una acción pública sobre el tema. A nivel de planificación, dicha competencia quedaría radicada en el Plan Nacional de Derechos Humanos 2018-2022. No obstante, la inexistencia de una Ley de Sitios de Memoria y el carácter coordinador de la acción de la subsecretaría dificulta esta labor.

La cuestión de la memoria.

La cuestión de la memoria social ha sido, paradójicamente, una herencia de las últimas dictaduras militares y se ha implantado como una causa estrechamente asociada a la defensa de los derechos humanos y la demanda de justicia” (López González, 2018). Se trata de crear y resguardar, buscando juntos las versiones de la historia y de la memoria en Magallanes, que apunten a un consenso y a un acuerdo en cómo es y qué, propone un lugar como el esperado, con el fin de defender la preservación del lugar como Sitio de Memoria, que cumpla el rol conmemorativo deseado para escribir una versión pertinente mediante una determinada puesta en discurso que la volverán parte de un intercambio de significación” (Richards, 2010).

Se trata de aportar en las políticas de Estado que den garantía de no repetición, situación que no se consigue con las débiles muestras de justicia que se asoman de cuando en vez y en distintas partes del país, ahí donde habitan protagonistas de la historia aún dispuestos a buscar justicia. La justicia transicional no está institucionalizada en el Estado, aún sigue siendo impulsada por víctimas o defensores de los DDHH y queda al arbitrio de quienes integran los poderes del Estado.

En tanto el consenso se da respecto de la necesidad de contar con un ideal común, universal, con una idea regulativa que sirva; al advenimiento de un mundo mejor, a su realización, a la vigencia y maximización de la libertad, la justicia y la paz, al reconocimiento del principio de dignidad intrínseca de la persona humana y del principio de igualdad en la diversidad, a la consagración de esos ideales como la aspiración más elevada de los seres humanos, a la vigencia de valores subsidiarios asociados a los derechos humanos. (Rabossi, 1990).

Enseñar la memoria significa hablar del pasado, del presente y del futuro. La defensa de los valores de la paz y de la democracia nos pide establecer una relación más nítida entre el pasado y nuestro futuro. Se busca entonces establecer y proponer un tratamiento articulado entre el saber académico o la conversación en literatura especializada y el conocimiento social de las agrupaciones comprometidas en esta causa, potenciando entre los involucrados una discusión con nuevos grados de empatía y pertenencia, para asegurar la salvaguardia consciente de los lugares de memoria desde una comunidad activa, lo que se materializa en una propuesta dialógica (Harrison, 2013) de los derechos humanos desde la perspectiva patrimonial.

El patrimonio de los derechos humanos.

El 10 de diciembre de 1948 la Asamblea General de las Naciones Unidas sancionó la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Dieciocho años más tarde, el 16 de diciembre de 1966, sancionó el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Protocolo Facultativo de este último Pacto. Estos instrumentos constituyen la Carta Internacional de Derechos Humanos: son los instrumentos fundacionales del sistema universal de derechos humanos, y cumplen, por tal razón, un papel equiparable al que desempeñan los textos constitucionales en los sistemas jurídicos nacionales. (Rabossi, 1987

Todos partimos de una noción, de lo que son; los derechos humanos. Noción que podrá estar más o menos elaborada argumentalmente, y que enmarca nuestro accionar en cuanto al reclamo, la defensa y la vivencia de nuestros derechos colectivos (Juanche & González, 2007). Así entonces, en un sistema democrático el Estado es el garante del respeto a los derechos de los ciudadanos, hablamos de violación a los derechos humanos cuando un agente del estado, haciendo uso de su condición de poder y/u ocupando las armas que el estado le entrega para defender a la nación hace uso de ellas en contra de la misma población.

Existen fundamentos teóricos que se han elaborado en torno a que los derechos humanos son el producto de las luchas, las movilizaciones y reivindicaciones que por un lado buscan el reconocimiento del Estado y de la comunidad en general y a su vez, intentan resaltar que para que se den estas luchas organizadas, en pos de una conquista, es necesario el desarrollo de la conciencia

sobre la injusticia de una situación. Sin que se sienta esa necesidad no va a darse la búsqueda, ni la denuncia, ni el reclamo. (Jelín, 2019). En los contextos de formación de los Estados nacionales, la noción de patrimonio de los derechos humanos ha estado estrechamente vinculada a los procesos de construcción de las identidades nacionales, la formación de las políticas culturales y los procesos de invención de las tradiciones nacionales (Ibáñez, 2014).

Las políticas de patrimonio cultural suponen la constitución de procesos de filiación simbólica a través de marcas, de imágenes, modelos o símbolos que expresan determinados lugares, prácticas y artefactos que una determinada comunidad considera necesario proteger, resguardar y heredar a las futuras generaciones. Lugares como estos, forman parte de las narrativas que los Estados a través de sus instituciones y prácticas conmemorativas buscan construir. Por ello, constituyen un mecanismo de reproducción simbólica y de integración social en un determinado orden social, instituido en un contexto histórico y político. Se relacionan con la memoria colectiva, la historia y con los procesos de valoración y puesta en valor del patrimonio a través de los cuales una sociedad se legitima e instituye símbolos, rituales y artefactos culturales como expresión de una simbólica nacionalidad, de una determinada identidad y horizonte normativo de carácter ético y político (González-Varas, 2014; Seguel, 2017). Es por ello que la noción de patrimonio de los derechos humanos también expresa un carácter prefigurador de un orden social a través de los procesos de construcción de memoria y de articulación de los olvidos que expresan los conflictos de una determinada sociedad. (Jelin, 2019).

Los sitios de memoria.

La forma que ha adoptado este patrimonio ha sido a través de la erección de memoriales, la construcción de museos de memoria y derechos humanos, la salvaguarda del acervo documental que testimonia dichos procesos y la declaración de monumentos nacionales. En América Latina se ha venido instalando la noción de Sitio de Memoria en el contexto de las dictaduras de seguridad nacionales en un sentido mucho más restrictivo al interior de la noción más amplia de lugar de conciencia (Valle Orellana, 2018). Desde nuestra perspectiva, el Sitio de Memoria está asociado desde un punto de vista histórico, a emplazamientos físicos, que son testimonios materiales de recintos y lugares utilizados con diversos objetivos y circunstancias: con fines represivos, de inteligencia o contrainteligencia. Lugares donde se cometieron graves violaciones a los derechos humanos por parte de agentes del Estado. Sitios que están asociados a la defensa de los derechos humanos y/o que están vinculados a la resistencia política.

Por otra parte, estos Sitios de Memoria están insertos en procesos de luchas y disputas, por parte de las agrupaciones culturales y/o de derechos humanos con diversos enclaves autoritarios, inercia burocrática de la institucionalidad estatal y poderes fácticos y políticos a favor de la invisibilización, destrucción y olvido de los mismos. Finalmente, estos Sitios forman parte de procesos de recuperación de recintos y lugares que expresan agencias y ensamblajes colectivos (Harrison, 2013) de gestión y construcción de diversas prácticas culturales, patrimoniales, de puesta en valor y conmemorativas asociadas a dicho sitio y de los procesos políticos y sociales de los que forman parte.

La forma que los sitios de memoria adoptan, implica siempre decisiones políticas, éticas y estéticas. Estas visiones deben encontrar un acuerdo que no siempre es fácil de resolver. El tema es sensible tanto para los gobiernos de turno como para las agrupaciones de DDHH, no hay experiencia ni transmisión de la experiencia sin la mediación de un dispositivo de formulación del sentido que la vuelva referible y comunicable (Biscayart, 2019). Si bien la experiencia apela a la contingente singularidad de algo irreductible que le acontece a un sujeto en particular, ella solo podrá ser representada (y, por ende, transmitida a los demás) mediante una determinada puesta en discurso, es

así que este patrimonio se constituye en un mecanismo de integración y de modelación de las identidades en el orden simbólico desde las instituciones y las personas a través de la selección de la memoria y el olvido (Seguel, 2017).

Esta complejidad supone un esfuerzo por ampliar los marcos teóricos y los repertorios técnicos desde los cuales nos aproximamos a estas expresiones. Como señala Nicolás del Valle (2018), los Sitios de Memoria no pueden ser entendidos al margen de las comunidades, por cuanto han sido estas, las que han impulsado su protección patrimonial y, sobre todo, porque son las encargadas de su mantenimiento, gestión y resignificación a través de las diversas prácticas conmemorativas e iniciativas culturales que estos realizan hacia el entorno social.

Puesta en valor del patrimonio

Por puesta en valor nos referimos a una serie de acciones efectuadas en torno al patrimonio, tales como la conservación, la restauración, la reposición, la interpretación y la habilitación de espacios.(Seguel, 2017) La dimensión de puesta en valor, dice relación con las diversas acciones de visibilización a través de difusión, acciones culturales y políticas de construcción de memoriales, instalación de placas de señalización, marcación restauración y conservación, desarrollo de archivos y habilitación del espacio e infraestructura cultural. Todas ellas buscan generar condiciones que permitan que los atributos del lugar, expresen los valores del patrimonio protegido.

En las últimas décadas, las políticas públicas en torno a cultura y patrimonio se han posicionado con fuerza en la agenda pública mundial y latinoamericana, como una estrategia de superación de diversas situaciones de violaciones a los derechos humanos y como una alternativa de dar gobernabilidad a las sociedades en contexto de globalización, transformaciones estructurales y recambios generacionales y culturales (Castellanos, 2010).

En el contexto nacional, Chile debe cumplir con una serie de obligaciones internacionales suscritas por el Estado, que constituyen las orientaciones generales de las políticas públicas de memoria y derechos humanos. Los principios generales que orientan el accionar del Estado chileno corresponden al derecho a la verdad y el deber de memoria; el derecho a la justicia y la reparación, y a la generación de garantías efectivas de no repetición. Estas normativas están sujetas a las luchas de visibilización e invisibilización en los espacios públicos que llevan a cabo las agrupaciones de derechos humanos que apuntan a crear en los entornos históricos, los llamados lugares de memoria como unidades significativas, entre memoria y espacio, de orden material o ideal que forma parte del patrimonio memorialista de nuestra comunidad.

No obstante, estos avances en materia de memoria y derechos humanos, en nuestro país no existe una política pública sistemática de memoria aplicada a Sitios de Memoria y a la patrimonialización de los mismos, que abarque el conjunto del ciclo de la política pública y que corresponda a un accionar deliberado, coordinado, planificado, con financiamiento público para su implementación y con un marco institucional propio (Palacios, s. f.) (Ley. Nº 20.885). De los 22 sitios protegidos existentes, solo cuatro tienen financiamiento público; dos tienen financiamiento privado; 11 financiamiento mixto; y cinco no tienen financiamiento. La mayoría no dispone de los espacios y no se han desarrollado proyectos de puesta en valor, ya sea a través de habilitación de espacios, conservación y/o restauración. (Seguel, 2017)

El emplazamiento y los procesos de “lugarización”

Lo que llamamos emplazamiento es un aviso, (Heidegger, s. f.), mediante el cual se cita a una persona en un lugar y un momento determinados, especialmente para contar o justificar algo. En la Arquitectura, la idea de emplazamiento, suele emplearse para aludir a la ubicación o el

establecimiento físico de algo que se debe decir, mostrar y habitar. En este sentido, se llama plano de emplazamiento al esquema que exhibe, que hace visible, relata, orienta la forma y el posicionamiento del texto de la arquitectura en la ciudad. (Uriarte, 1970) El emplazamiento permite entonces establecer las condicionantes para hacer pertenecer el edificio al lugar, relatando sus preexistencias.

Para la arqueología resulta en una unidad geomorfológica que contiene evidencias físicas de una actividad humana pasada, para cuyo estudio e interpretación son esenciales las técnicas de investigación. Se incluyen los sitios urbanos o rústicos en los que permanecen estructuras, niveles, y depósitos de períodos y actividades anteriores que le entregan sentido y quedan estratificadas, delimitadas y marcadas.

Estas marcas tratan así de dar materialidad a la memoria y de hacerla pública, visible a las miradas y a su apropiación. Las marcas son las intervenciones en un lugar, con significados particulares, cargados de sentidos para los sujetos que lo vivieron como para los que transitan por la ciudad. La idea de dar significado al lugar o “sentido de lugar”, se basa en la caracterización del lugar como “ubicación significativa, así el sitio de memoria también es delimitado y marcado, se hace visible a la mirada, se presenta al transeúnte, cambia, en estos hechos se definen “procesos de lugarización” (Lombard, 2015) que articulan las categorías del espacio urbano y de la memoria colectiva con un relato. (Rememorar, conmemorar, denunciar).

La “lugarización” (como construcción de emplazamiento) empieza aún antes de que la realidad tangible sea evidente: no empieza con el acto de habitar sino con el primer movimiento que avisa la constitución o la destrucción de un lugar, (En Chile suele ser la instalación de la bandera nacional). Cada lugar carga con relaciones de dominio y apropiación del espacio, o muestras y mediciones espaciales de poder, poder en sentido amplio, que se extiende desde lo más concreto como los actos de vandalismo a los que fuera sometida la casa de los derechos humanos en el estallido social del año 2019, hasta lo más simbólico como las placas conmemorativas y otras expresiones de la memoria. Entendemos entonces al emplazamiento, dentro de una perspectiva más integradora del tejido social. Enfatizamos el aspecto temporal, dinámico que el emplazamiento asume donde la integración de sus múltiples dimensiones es vista a través de las relaciones de poder. (Haesbaert; 2004: 1-2). Por lo que al sentenciar el caso de una memoria des-emplazada nos referimos a parte de estos procesos de “lugarización” que están ocurriendo hoy en la casa de los derechos humanos en Punta Arenas. A los avisos que está entregando la casa, a los cambios en los tipos de marcas, a las prácticas las tensiones y los discursos, a los “repertorios de acción” (Alegría & Uribe, 2014) que hasta ahora no resuelven un texto para este patrimonio incómodo.

Avda. Colón 636: Patrimonio incómodo.

Los Sitios de memoria son contenedores de una memoria “territorializada” sujeta a procesos de “lugarización” (Jelin et al., 2003). Como tales, poseen una importancia testimonial y simbólica (Prats, 2005) los que, sometidos a un proceso de patrimonialización, se sitúan insertos, en el llamado patrimonio incómodo. En nuestro país, la denominación de patrimonio de los derechos humanos (Alegría, 2012; Alegría y Uribe, 2014; Cabeza, 2017; Seguel, 2017) se ha utilizado para referirse a lo que Llorenç Prats (2005) denomina patrimonio incómodo, el cual surge como una respuesta desde el Estado a las demandas de la sociedad civil por verdad, justicia y memoria. Este patrimonio se refiere a unos “repertorios de acción”, (Alegría & Uribe, 2014) ya sean materiales o inmateriales, que son connotados como patrimoniales en tanto testimonios de la violencia racionalizadora, del paradigma del Terrorismo de Estado (Alegría y Uribe, 2014, p. 28). También ha sido referido como patrimonio de la represión (López, 2013; Chiara, 2015), entendiendo que corresponde a la patrimonialización de ex recintos utilizados con fines represivos, tanto para dar cuenta de los lugares donde fue pensada la represión, ejecutada o encubierta.

El término Patrimonio Incómodo por otra parte, tiene una relación más amplia respecto de a quienes interpela. Prats (1997) lo define como: “Cuando hablo de patrimonios incómodos me refiero a activaciones patrimoniales que existen y que no se pueden extinguir a causa de su legitimación simbólica, pero que nadie las quiere ni sabe qué hacer con ellas” y que Hernández (2010) explica como “Siempre existe una serie de patrimonios socialmente incómodos por su dificultad de encaje con la versión institucionalmente construida de la misma”, es decir, el patrimonio resulta incómodo de diversas maneras, por lo mismo es difícil saber qué hacer con este, sin embargo, su legitimación simbólica es tal, que necesita ser conservada. El razonamiento detrás de este fenómeno puede ser entendido cuando Bustamante explica: “cuando existen hechos incómodos y perturbadores, se vuelve necesario eludirlos y expulsarlos de la memoria colectiva” (Bustamante, 2014) y es en esta naturaleza que la memoria traumática viene a ser parte dentro del patrimonio incómodo.

El proyecto de la Agrupación de Mujeres Prisioneras Políticas de Magallanes, pretende abordar desde una perspectiva crítica de investigación acción participativa, la tensión y el conflicto en las prácticas conmemorativas que se genera por la doble condición patrimonial de la casa “Beaulier”, “el palacio de la risa” o casa de los derechos Humanos: Un edificio de valor arquitectónico que es también contenedor de una memoria traumática. Reflejo de lo que ha significado este lugar a través del tiempo, desde su construcción como uno de los avances de la época, hasta su condición actual de ruina monumental para llegar a ser preservado como Sitio de Memoria.

La casa de Colón 636 como contra-monumento.

Un Sitio de Memoria debe ser un espacio abierto hacia la comunidad, desde donde se efectúan trabajos de memoria y de educación en la promoción de los derechos humanos. No corresponde en estricto rigor a la noción monumentalista clásica, propia del monumento decimonónico; sino que se relaciona más bien con la noción de “contramonumento” (González-Vara, 2014). Por eso, es un patrimonio que combina diversas dimensiones. Esto abre problemáticas clásicas, como la restauración y la conservación de vestigios y atributos del bien; pero también aspectos propios de la dimensión cultural, como la gestión y la vinculación con el entorno y su emplazamiento. El monumento histórico, por su parte, corresponde a un testimonio material de procesos y acontecimientos, que son identificados como tales, por lo cual la sociedad le otorga a través de las instituciones y organizaciones civiles las características patrimoniales de evocación y conmemoración.

Este patrimonio monumentalista en temáticas de derechos humanos se relaciona más bien con la noción de contramonumento, como ha teorizado James Young (1992), en la medida en que corresponde a un patrimonio que no glorifica el accionar de los Estados nacionales y recuerda a través de una interpretación recursiva y abierta de la historia los procesos históricos referidos. Pero allí donde el patrimonio de los derechos humanos adquirió un emplazamiento singular, unas garantías legales y jurídicas también empezaron sus contradicciones. La cultura y la historia que el patrimonio puso en juego si bien no tenían los caracteres cuasi sagrados de aquellas del monumento, sí parecieron privadas de crítica o ajenas a reproches, en cuanto se supuso que cualquier señalamiento hacia ellas no dejaba de comportar un cuestionamiento a las propias idiosincrasias de las gentes.

El contramonumento no pretende la superación de la contradicción, el conflicto o la violencia, sino evocar las circunstancias, las condiciones o los hechos que las mantienen incluso cuando todos creen estar en el tiempo de reconciliación de la memoria. El contramonumento, en este sentido, es la oposición que queda contra la pretensión última del victimario, que no es otra que hacerse dueño de una versión, de una narración, de una parte, del relato que sobrevivirá hacia el futuro, con lo cual aspirará a ser salvado por la historia o por quienes decidan escribirla. El contramonumento permite llegar a las nuevas generaciones con el fin de que puedan abordar la problemática y su significado incorporando una relevancia ética para asumir el pasado fortalecer el presente y guiar las acciones del futuro.

En sintesis la preservación de la casa de Colón como Sitio de Memoria y su connotación como contramonumento emplazado en el centro de la ciudad de Punta Arenas es en sí, un símbolo de violación de los derechos humanos y por tanto un aporte que avala la necesidad del Estado de garantizar la No Repetición,

El contramonumento no pretende el retorno de los muertos entre los vivos, sino la evocación de los fantasmas que con su presencia por el mundo pueden denunciar cómo una sociedad agonizante, cuando no fenecida, no tiene manera de garantizar ninguna verdad, tampoco la justicia, mucho menos la reparación.

(Winter Noble, 2020)

 

 

 

 

 

 

 

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